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(LIBRO
DE ACORDADAS Nº 3 Fº 42/43 Nº 32). En la ciudad de San Salvador de Jujuy, capital de la Provincia de Jujuy,
a los doce días del mes de abril de dos mil, los señores Jueces del
Superior Tribunal de Justicia, Doctores, José Manuel del Campo, Sergio Eduardo
Valdecantos, Héctor Fernando Arnedo, Raúl Octavio Noceti y Héctor Eduardo Tizón,
bajo la presidencia del primero de los nombrados, Consideraron: Que
a fin de lograr una mayor eficiencia en la actividad judicial, siempre ha sido
necesario mejorar el nivel de información y de selección de la legislación y
jurisprudencia adecuada para los casos que se planteen, lo que permitirá
establecer con mayor precisión, cuál es el camino correcto a seguir. Que
en esa forma se logra mayor justeza en las razones que operan las decisiones de
los órganos jurisdiccionales, con beneficio para las partes y abogados; quienes
pueden conocer cual es el criterio que tienen regularmente los jueces para
decidir la gran variedad de causas que deben resolver, lo que coadyuvará a
disminuir la elevada cantidad de demandas, ya que frente a la evidencia de que
no se podrá triunfar en una causa, muchos de los potenciales juicios no se
inicien o se orientarán hacia una solución alternativa de los conflictos. Que
con el propósito de lograr los objetivos mencionados líneas arriba, los
Secretarios Relatores del Superior Tribunal, como así también los Secretarios
de los Tribunales Colegiados, Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y
Comercial y de Instrucción en lo Penal, deben remitir al Departamento de
Jurisprudencia, Publicaciones e informática, copias de todas las sentencias y
autos interlocutorios correspondientes a 1999 y de las dictadas en lo que va del
año en curso, dentro de diez días de la fecha de notificación de la presente.
De las que se dictaren en el futuro, se imprimirá una copia mas de aquellas, a
partir de la notificación de la
presente, con todos los recaudos de ley (firmas,
sellos aclaratorios, fecha y número de registro) debiendo acompañar además
una copia en soporte magnético (diskette 3,5”), envíos que se efectivizarán
en el plazo de cinco días a partir de la fecha del registro de las sentencias. Que,
atento a la falta de recursos financieros del Poder Judicial, situación que es
de público conocimiento, los litigantes y público en general que solicite la búsqueda
de jurisprudencia en el Departamento de Jurisprudencia, Publicaciones e Informática,
deberán abonar previamente, la suma de cinco pesos ($5) a fin de ayudar a
solventar en parte los gastos necesarios para el funcionamiento del citado
Departamento, sumas que serán depositadas en la cuenta de ahorros, que por este
acto se dispone su apertura en el Banco de Jujuy S.A.. Por
ello, en uso de sus facultades de Superintendencia conferidas en el art. 167
inc. 10 de la Constitución de la Provincia y art. 49º de la Ley Nº 4.055, Orgánica
del Poder Judicial, El
Superior Tribunal de Justicia, Resuelve: 1º)
Disponer que los Secretarios Relatores del Superior Tribunal, como así también
los Secretarios de los Tribunales Colegiados, Juzgados de Primera Instancia en
lo Civil y Comercial y de Instrucción en lo Penal, deben remitir al
Departamento de Jurisprudencia, Publicaciones e Informática, copias de todas
las sentencias y autos interlocutorios correspondientes a 1999 y de las dictadas
en lo que va del año en curso, dentro de diez días de la fecha de notificación
de la presente, con todos los recaudos de ley (firmas, sellos aclaratorios,
fecha y número de registro) debiendo acompañar además una copia en soporte
magnético (diskette de 3,5”), envíos que se efectivizarán en el plazo de
cinco días a partir de la fecha del registro de las sentencias. 2º)
El incumplimiento injustificado de lo dispuesto en el dispositivo que antecede,
será considerado falta grave. Situación que será comunicada, hasta el 15 de
cada mes, por el Departamento de Jurisprudencia, Publicaciones e Informática,
al Superior Tribunal de Justicia, Secretaría de Superintendencia, para la
aplicación de las sanciones que correspondan. 3º)
Disponer que los litigantes y público en general que solicite la búsqueda de
jurisprudencia en el Departamento de Jurisprudencia, Publicaciones e Informática,
deberán abonar previamente la suma de cinco pesos ($5) a fin de ayudar a
solventar en parte los gastos necesarios para el funcionamiento del citado
Departamento, sumas que serán depositadas en la cuenta de caja de ahorros, que
por este acto se dispone abrir en el Banco de Jujuy S.A. 4º)
Registrar, dejar copia en autos y notificar a los señores Secretarios bajo
constancia de firma. Fdo:
DR. JOSÉ MANUEL DEL CAMPO, Presidente del Superior Tribunal de Justicia, DR. HÉCTOR
EDUARDO TIZÓN, DR. SERGIO EDUARDO VALDECANTOS, RAÚL OCTAVIO NOCETI, DR. HÉCTOR
FERNANDO ARNEDO, Jueces, y SR. LUIS
GUIDO MÓNACO, Secretario del Superior Tribunal de Justicia. |
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