Poder Judicial de la Provincia de Jujuy escjuju.bmp (26678 bytes)      

LEGISLATURA DE JUJUY

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº

Artículo 1º: - El Tribunal de Familia de la Provincia de Jujuy estará dividido por Salas. En la circunscripción de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, la Sala I se integrará con los tres jueces titulares de las vocalías Nos. 1, 2 y 3 que hoy integran ese Tribunal. Créase la Sala II del Tribunal de Familia, la que estará integrada por la restante Juez Titular de la Vocalía N º4 de este Tribunal y dos (2) jueces letrados que deberán reunir las condiciones exigidas por la Constitución de la Provincia.

Artículo 2º: Tendrán su asiento en la Capital de la Provincia y tendrán competencia en toda la provincia, con excepción de los Departamentos San Pedro, Ledesma y Santa Bárbara, que corresponde a la Sala con asiento en la Ciudad de San Pedro de Jujuy.

Artículo 3º: Facultase al Superior Tribunal de Justicia para que en Acuerdo Plenario disponga las medidas suficientes para distribuir las causas en trámite entre las dos Salas del Tribunal de Familia de la Jurisdicción de San Salvador de Jujuy, según que el estado de las mismas lo permita.

Artículo 4º: Para la instrumentación inmediata de la Sala I y II del Tribunal de Familia, créanse los cargos que se indican seguidamente:

JURISDICCIÓN “ I “ _ PODER JUDICIAL, SALA TERCERA – TRIBUNAL DEL TRABAJO.

ESCALAFÓN K-1 - Magistrados y Funcionarios de Ley.

2 Jueces de Cámara

2 Secretario de Cámara

ESCALAFÓN K-2 – Personal Técnico Administrativo.-

2 Categorías 11-B.

2 Categorías 6-B.

2 Categorías 5-B.

2 Categorías 1-B.

ESCALAFÓN K-3 – Personal de Servicio y Maestranza.

2 Categorías 2-C.

Artículo 5º: Derogase toda otra disposición que se oponga a la presente.

 

Artículo 6º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.-