Poder Judicial de la Provincia de Jujuy escjuju.bmp (26678 bytes)      

(Libro de Acordadas Nº 10, Fº 79, Nº 45). En la ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento doctor Manuel Belgrano, capital de la Provincia de Jujuy, a los dos días del mes de mayo de dos mil siete, los señores Jueces titulares del Superior Tribunal de Justicia, Doctores, Sergio Ricardo González, Héctor Eduardo Tizón, José Manuel del Campo, y María Silvia Bernal, en Acuerdo Plenario, bajo la presidencia del primero de los nombrados, y en conformidad con lo dispuesto en L.A. Nº 8, Fº 88, Nº 63;

Consideraron:

Los cargos vacantes existentes en el Juzgado de Instrucción Penal Nº 2, en la Fiscalía del Juzgado Penal Nº 4, y en el cargo de Defensor Oficial de Pobres y Ausentes en el Departamento de Asistencia Jurídico Social, se hace necesario el envío de las ternas pertinentes, posibilitando así brindar un mejor servicio de justicia.

Que en conformidad, con lo dispuesto por el artículo 158 de la Constitución de la Provincia, corresponde elevar al Poder Ejecutivo la propuesta en terna, por orden alfabético.

Asimismo, resulta de estricta justicia comunicar a cada uno de los postulantes, y dejar constancia en sus respectivos legajos personales.

Por lo expuesto, el Superior Tibunal de Justicia de la Provincia de Jujuy, resuelve:

1º) Elevar al Poder Ejecutivo de la Provincia la terna para cubrir los cargos y funciones que se indican a continuación:

a) Juez de Instrucción en lo Penal Nº 2, Doctores: Francisco Javier Arostegui, D.N.I. Nº 11.664.996; Carlos Enrique Farfán D.N.I. Nº 16.347.316; Miguel Angel Lemir D.N.I. Nº 16.347.253

b) Agente Fiscal del Juzgado de Instrucción Penal Nº 4, Doctores: Cristina del Valle Marco D.N.I. Nº 12.959.560; Graciela Alejandra Silva D.N.I. Nº 14.637.402; y Jorge Rodolfo Zurueta D.N.I. Nº 18.345.235.

c) Defensor de Pobres y Ausentes Dres: Sivia Fiesta de Jorge D.N.I. Nº 13.684.571; Mabel Iris Pinta D.N.I. Nº 11.746.958; y Miriam Mabel Zevallos D.N.I. Nº 13.729.03;.

2) Registrar, dejar copia de autos, agregar al legajo de cada uno de los postulados, y remitir al Poder Ejecutivo de la Provincia, copia auenticada de la presente Acordada, con nota de estilo.