Poder Judicial de la Provincia de Jujuy escjuju.bmp (26678 bytes)      

(Libro de Acordadas Nº11  Fº155    84 ). En la ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Doctor Manuel Belgrano, capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a los  veinte    días de junio de dos mil ocho, los señores Jueces titulares del Superior Tribunal de Justicia, Doctores Sergio Ricardo González, Héctor Eduardo Tizón, José Manuel del Campo y María Silvia Bernal, bajo la presidencia del primero de los nombrados,

Consideraron:

Que mediante Acordada Nº 6 de fecha 15 de febrero del corriente, se fijaron los días 27 de junio y 21 de noviembre del año en curso a horas 8,30, para llevar a cabo las visitas de cárceles, en cumplimiento de lo dispuesto en los incisos 6) y 13) del artículo 167 de la Constitución Provincial.

     Que asimismo, este Superior Tribunal de Justicia por Acordada Nº60 de fecha 20 de mayo del corriente, resolvió auspiciar la realización del “Seminario de Derechos Humanos según la Corte Suprema de Justicia de la Nación ”, evento que se llevará a cabo en esta ciudad, entre los días 26 y 27 de junio del corriente.

     Por ello, en uso de las facultades de Superintendencia conferidas por la Constitución y artículo 49º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Superior Tribunal de Justicia;

     Resuelve:

     1º) Autorizar a los Señores Magistrados y Funcionarios que opten por asistir al “Seminario de Derechos Humanos según la Corte Suprema de Justicia de la Nación ”, a llevar a cabo las visitas de cárceles fijadas para el día 27 del corriente, a horas 15,00.

     2º) Disponer que los Magistrados y Funcionarios que adopten dicha opción, la comuniquen en forma obligatoria a la Secretaría Judicial de este Superior Tribunal hasta el día 25 de junio del año en curso, con objeto que el Servicio Penitenciario de la Provincia , arbitre los medios necesarios a fin de lograr las entrevistas del personal alojado en dicha institución, con los Sres. Jueces y Funcionarios.

     3º) Registrar, dejar copia en autos, notificar y dar a publicidad.

 

 

////Los Dres. Héctor Eduardo Tizón y María Silvia Bernal, no firman la presente por encontrarse en uso de licencia.